RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL

Ya sea un ayuntamiento, una comunidad autónoma o el Estado central, las instituciones públicas deben responder por los perjuicios que causan a los ciudadanos y a las empresas.

Es un principio fundamental de nuestro Estado de Derecho: la Administración Pública no es infalible. Si sufres un daño en tus bienes, derechos o en tu propia persona como consecuencia del funcionamiento (normal o anormal) de los servicios públicos, tienes derecho a ser indemnizado.

¿En qué casos se puede reclamar?

La responsabilidad patrimonial abarca muchas situaciones cotidianas que, a menudo, las personas asumen por resignación. Algunos de los casos más comunes que defendemos son:

Caídas y accidentes en la vía pública

Lesiones provocadas por el mal estado de las aceras, baches en la calzada, falta de iluminación o señalización deficiente en obras.

Negligencias médicas

Daños sufridos en hospitales o centros de salud de la red pública debido a errores de diagnóstico, retrasos injustificados en tratamientos o falta de consentimiento informado.

Errores administrativos con impacto económico

Revocación injusta de licencias de actividad, retrasos desproporcionados en la concesión de permisos que paralizan un negocio, o cierres obligatorios decretados de forma ilegal.

Daños por obras públicas

Desperfectos en viviendas o locales comerciales provocados por la ejecución de infraestructuras del Estado o del municipio.

El factor crítico: El reloj corre en tu contra

Si hay algo que debes saber sobre la responsabilidad patrimonial es que el plazo para reclamar es extremadamente estricto.

Regla de oro: El plazo para interponer una reclamación de responsabilidad patrimonial es de un año desde que se produjo el hecho o, en caso de lesiones físicas o psíquicas, desde la curación o determinación del alcance exacto de las secuelas.

Si dejas pasar ese año, tu derecho a exigir una indemnización caduca por completo, sin importar lo evidente que fuera el daño.

¿Qué necesitamos para ganar tu caso?

Para que la reclamación prospere, los tribunales exigen demostrar tres elementos clave. Nosotros nos encargamos de articularlos con rigor técnico:

1.El daño real y cuantificable:

El perjuicio debe ser efectivo, evaluable económicamente e individualizado (que te afecte a ti o a tu empresa directamente).

2.La relación de causalidad:

Demostrar de forma inequívoca que el daño es consecuencia directa del funcionamiento del servicio público.

3.La ausencia de fuerza mayor:

Que el daño no se deba a un evento catastrófico totalmente imprevisible e inevitable (como un terremoto).

No asumas las pérdidas de un error público

Enfrentarse a la Administración puede parecer una batalla perdida de antemano, pero no lo es. Contar con un informe pericial adecuado y una estrategia jurídica sólida desde el primer día marca la diferencia entre el silencio administrativo y una indemnización justa.

¿Has sufrido un perjuicio por una acción u omisión del sector público

No dejes que expire el plazo, estamos para guiarte en el proceso.